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Clasifican a vigilados que deben liquidar la tasa vigencia 2016 a favor de Supersalud (4:22 p.m.)

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14 de Septiembre de 2016

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Con el Decreto 1255 del 2016, el Gobierno fijó los costos de la su­pervisión y control de las entidades vigiladas por la Superintendencia de Salud, a efectos de determinar la tasa que deben cancelar para el año 2016. Entonces, a través de la Resolución 2600, el Ministerio de Salud clasificó a las mencionadas entidades para la liquidación de la tasa así: recaudadores de recursos, generadores de recursos y prestadores de servicios, en estos últimos están: las IPS privadas, las ESE y hospitales públicos y las empresas de medicina y ambulancias prepagadas.

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