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04 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Esto dice la sentencia que ordena un plan definitivo para superar la crisis de los niños Wayú

01 de Agosto de 2016

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Nota:
14365
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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

La Presidencia de la República debe diseñar, coordinar y ejecutar un plan eficiente y eficaz que dé solución integral y definitiva a las dificultades de desnutrición, salud y falta de acceso al agua potable y salubre de la población infantil Wayú.

 

Así lo dijo recientemente una providencia de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia luego de enfatizar que el Gobierno Nacional está en la obligación de trazar un organigrama, con tiempos razonables y reales, conforme a una fijación de plazos claros y detallados para la materialización de cada una de las etapas que al efecto corresponda adoptar.

 

Vale la pena decir que el pronunciamiento modifica parcialmente una tutela mediante la cual el Tribunal Superior de Riohacha impartió una serie de medidas necesarias para preservar la vida y la integridad personal de los menores de las comunidades de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao del pueblo Wayú, en el departamento de La Guajira. (Lea: Dejan sin efectos licencias de Corpoguajira que autorizaban desviar un río para actividades mineras)

 

“Conforme a lo anterior, la primera variación que se ha de efectuar al fallo impugnado es la consistente en determinar que la orden impartida en punto del Presidente habrá de direccionarse en cabeza del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República”,  precisó la decisión.

 

Esta entidad, entonces, tendrá a su cargo la responsabilidad de coordinar las gestiones que sean necesarias para superar este problema humanitario, ello en franca colaboración e interacción armónica con otras instancias del orden nacional, departamental y municipal.

 

Es importante decir que ya está en marcha un plan que busca superar dicha crisis social, el cual se está ejecutando; no obstante, para la Sala, esto no es impedimento para que se superen de forma definitiva los problemas denunciados en esta población infantil.

 

Parte resolutiva

 

Según explica el fallo, de inmediato surge que obra una imperiosa y apremiante necesidad de brindar protección y soluciones a corto, mediano y largo plazo, en razón de los derechos fundamentales a la vida y salud de los referidos menores, “por cuanto el lamentable escenario de daño que se está suscitando en modo alguno puede proseguir”. (Lea: Wayú y wayús)

 

Razón por la cual el máximo tribunal de la justicia ordinaria ordenó al Ministerio de Ambiente desarrollar acciones tendientes a prevenir el riesgo ecológico de la desaparición de las fuentes hídricas de esa región para proveer el acceso al agua potable.

 

Pero también al Ministerio de Agricultura, “para que brinde ayuda en el trazo e impulso de propuestas para la optimización del desarrollo del sector agropecuario, pesquero y rural, como quiera que parte del arreglo de la problemática presentada no es solamente brindar alimentos, sino parejamente posibilitar el hallazgo y mejoría en los procesos que se necesitan para su permanente obtención”.

 

De acuerdo con todo lo anterior, la Presidencia deberá rendir mensualmente un reporte de las gestiones adelantadas al Tribunal Superior de Riohacha, sin perjuicio de los informes que han de remitir a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación. La ponencia de esta trascendental decisión estuvo a cargo de la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Margarita Cabello Blanco.

 

Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia STC-102432016, 44001221400020160000302, Jul. 27/16

 

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