Cargo de coordinador de las direcciones seccionales de la Rama Judicial es de libre nombramiento y remoción (3:22 p.m.)
54332
18 de Abril de 2017
Escucha esta noticia audio generado con IA
Una sentencia reciente de la Sección Segunda del Consejo de Estado concluyó que el cargo de coordinador de las direcciones seccionales de la Rama Judicial corresponde a los de libre nombramiento y remoción. En palabras de la Sala, “no se puede desconocer que esta plaza cumple funciones de nivel jerárquico que involucran cierta confianza y manejo”. El fallo finaliza diciendo que el Director Ejecutivo de Administración Judicial puede entonces disponer libremente de este cargo, por fuera de la regulación propia del sistema de carrera administrativa (C. P. Sandra Ibarra).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!