Bienes fiscales de Bogotá podrán ajustarse al uso de vivienda de interés prioritario (4:39 p.m.)
01 de Octubre de 2012
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Nota:
84637
La Alcaldía de Bogotá estableció los criterios bajo los cuales los bienes fiscales de la ciudad, regulados por normas de tratamiento urbanístico de sectores urbanos especiales, en zonas dotacionales o industriales, pueden ajustarse al uso de vivienda de interés prioritario. La norma tiene en cuenta lo previsto en la Ley 1537 del 2012 (Ley de Vivienda de Interés Prioritario) y la posibilidad de combinar el uso de vivienda en las áreas de actividad dotacional e industrial con equipamientos especiales o servicios urbanos.
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