Autorizan al comercio para recibir libremente pagos de bienes y servicios en divisas de turistas extranjeros (11:33 a.m.)
22 de Junio de 2011
Reproducir
Nota:
74091
Con motivo de la realización del Campeonato Mundial de Fútbol Sub 20 en el país, la DIAN acaba de impartir una serie de medidas de control cambiario sobre las operaciones de venta de bienes y servicios pagadas en moneda extranjera por los turistas extranjeros. Según el Memorando 280 del 2011, tales operaciones podrán cancelarse en divisas, sin que se requiera su canalización a través del mercado cambiario. Esta autorización no significa que el proveedor de los bienes o servicios quede facultado para prestar el servicio adicional de cambio de moneda extranjera, aclara la norma. Además, se aplica sin perjuicio del cumplimiento de las respectivas obligaciones tributarias (facturación, pago del IVA y declaración tributaria de renta y complementarios, etc.). El comercio podrá utilizar libremente tales divisas para atender las operaciones y conceptos señalados en el Régimen de Cambios Internacionales (Resolución 8/00), entre ellos, venderlas a otros residentes en el país y atender gastos personales efectuados a través de tarjetas de crédito internacionales. Únicamente los hoteles y las agencias de viajes deberán identificar plenamente a la persona con quien realizó la transacción y conservar información de ella.
Opina, Comenta