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Anulan sanción de la Contraloría por adelantar un proceso con una norma que había sido derogada (4:15 p.m.)

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06 de Abril de 2018

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El Consejo de Estado confirmó hoy la nulidad de la sanción fiscal emitida por la Contraloría en contra del ciudadano Pedro Miguel Vicioso Cogollo, quien se desempeñó hace 16 años como director de Relaciones Industriales de la Empresa Puertos de Colombia (Colpuertos) en Santa Marta (Magdalena). Lo hizo al confirmar un fallo del Tribunal Administrativo de Magdalena por medio del cual se dejó sin efectos la determinación, debido a que el órgano de control fiscal adelantó el proceso con base en una norma que había sido derogada. El fallo de la Sección Quinta señala que el demandante fue víctima de violación a su derecho al debido proceso, pues la Contraloría aplicó para su caso normas que, para entonces, ya habían dejado de surtir efectos legales (Resolución Orgánica 14500 de 1992). Para el alto tribunal, la actuación debió adelantarse siguiendo los parámetros del proceso fiscal contenidos en la Ley 42 de 1993, que ya había empezado a regir para esa época y que, entre otras cosas, señalaba que empezaría a operar desde el mismo momento de su promulgación (C.P. Lucy Jeannette Bermúdez).

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