Pasar al contenido principal
04 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 10 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Adoptan medidas para incrementar protección de recursos del sistema salud y agilizar su flujo

11 de Noviembre de 2021

Reproducir
Nota:
135255

Las entidades promotoras de salud recaudarán las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en salud en las cuentas bancarias abiertas por la Adres en entidades bancarias vigiladas por la Superintendencia Financiera.

 

La Adres será la titular de estas cuentas, que deben ser utilizadas exclusivamente para el recaudo de cotizaciones del régimen contributivo del sistema e independientes a las demás cuentas bancarias de recaudo que administre la entidad.

 

La cuenta de recaudo de los recursos de aportes patronales se mantendrá hasta la culminación de la compensación de los recaudos respectivos o hasta la culminación del proceso de saneamiento de aportes patronales que adopte el Ministerio de Salud. No se podrán recaudar o depositar cotizaciones en cuentas bancarias diferentes a las establecidas por la ADRES. El recaudo de las cotizaciones o aportes se efectuará a través de la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA).

 

También hizo ajustes en lo relacionado con las condiciones para la selección de las entidades financieras y la apertura de las cuentas bancarias de recaudo de las cotizaciones.

 

Igualmente, agrega que las EPS y demás EOC únicamente podrán recaudar las cotizaciones en salud que se realicen a través de la PILA, en las cuentas bancarias de recaudo abiertas por la ADRES y advierte que se considera una práctica no permitida cualquier transacción de recaudo o depósito de cotizaciones en cuentas diferentes a las aquí determinadas.

 

Para conocer más detalles y las disposiciones adoptadas puede consultar el archivo adjunto a esta nota.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)