Administrativo
Variación salarial por descenso en la categoría del municipio solo puede afectar a nuevos funcionarios
22 de Marzo de 2016
Aunque los concejos municipales están facultados para variar la escala salarial de los empleos del respectivo municipio, por ejemplo, cuando hay un descenso en la categoría, que obliga a adecuar los salarios a la nueva situación presupuestal, no es posible desmejorar las condiciones laborales de quienes están ejerciendo un cargo, sino a partir del nuevo nombramiento, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública.
De esta manera, precisó la entidad, no se afectan las condiciones laborales iniciales de la vinculación, ya que el salario siempre debe incrementar y nunca disminuir.
Por lo tanto, no es viable que las entidades públicas del nivel territorial, en virtud de una reestructuración administrativa, disminuyan las asignaciones salariales de los servidores públicos, salvo la pérdida de categoría, en cuyo caso las nuevas asignaciones básicas aplican para los nuevos funcionarios que se vinculen.
En cuanto a los incrementos salariales, los concejos pueden tomar los criterios que adecuados, teniendo en cuenta siempre los máximos establecidos por el Gobierno Nacional, como es el caso del índice de precios al consumidor, unos puntos determinados de la inflación y porcentajes por niveles y grados salariales, señaló.
(DAFP, Concepto 20166000016171, Ene. 28/16)
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