Tribunal debe continuar frente a acción popular sobre crianza de animales en zonas urbanas de Santa Rosa de Cabal
16 de Junio de 2021
El Tribunal Administrativo de Risaralda deberá mantener su competencia de verificación en el cumplimiento del fallo que ordena capacitar a las familias dueñas de criaderos de animales que operan en la zona urbana de Santa Rosa de Cabal (Risaralda), para que se les explique por qué no pueden ejercer esta labor en esa área y, eventualmente, puedan ejercerla en sectores rurales o emprender otros proyectos productivos. Así lo decidió el Consejo de Estado al ajustar al efecto devolutivo la decisión del Tribunal que había concedido la apelación contra una acción popular que establece planes alternativos, pero en el efecto suspensivo. Así las cosas, mientras se resuelve si se revoca o se mantiene la providencia judicial, el Tribunal debe conservar competencia, dando trámite al proceso y a su cumplimiento. La demanda, presentada por la procuradora 28 judicial II Ambiental y Agraria de Pereira, en ejercicio de la acción popular, buscaba que se protegieran los derechos colectivos a la seguridad y salubridad públicas y al goce de un ambiente sano supuestamente afectados por la existencia de criaderos de cerdos en áreas urbanas. Según la Corporación, en este caso no se dan las circunstancias previstas para conceder el recurso de apelación en el efecto suspensivo, pues para que proceda el fallo apelado debe versar sobre el estado civil de las personas, haber sido apelado por las dos partes enfrentadas, que se hayan negado la totalidad de las pretensiones o que se trate de un fallo eminentemente declarativo (C. P. Hernando Sánchez Sánchez).
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