Tratamiento de datos personales por parte de entidades públicas se basa en competencias funcionales (12:06 p.m.)
05 de Julio de 2018
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Nota:
108184
El régimen general de protección de datos personales es aplicable a todas las personas naturales o jurídicas que realicen el tratamiento de los mismos , sin excepción por tamaño de empresa, tipo de sociedad, pertenencia a un régimen especial o número de empleados, entre otros factores. Por lo tanto, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, el tratamiento por parte de entidades públicas o por particulares en ejercicio de funciones públicas requiere que la solicitud de información personal se base en una clara y específica competencia funcional, por lo que la entidad o institución adquiere la posición jurídica de usuario dentro del proceso de administración de datos, lo que impone el deber de garantizar los derechos fundamentales del titular de la información.
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