Administrativo
Todos los actos que vulneraron un derecho deben demandarse, para lograr su restablecimiento
14 de Enero de 2013
Para restablecer un derecho supuestamente vulnerado por decisiones administrativas, es necesario demandar todos los actos que habrían generado esa violación, recordó el Consejo de Estado.
En una sentencia de agosto, dada a conocer recientemente, la Sección Segunda precisó que el artículo 138 del Código Contencioso Administrativo señala el procedimiento en el que debe basarse el accionante para que sus pretensiones sean sometidas a estudio por parte del juez.
Según la Sección, una misma determinación puede estar contenida en varios actos administrativos. Por lo tanto, es posible que se decrete la nulidad sobre una resolución, pero continúe la violación del derecho que se pretenda restablecer.
El alto tribunal tuvo en cuenta estos argumentos para admitir una demanda a través de la cual una funcionaria pretendía que se revocara la declaración de insubsistencia de su cargo. Sin embargo, concluyó que el puesto era de libre nombramiento y remoción, y denegó la nulidad de los actos por los cuales fue retirada de la administración.
(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 25000232500020000493501 (113208), ago. 8/12, M. P. Gerardo Arenas)
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