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Títulos valores son ejecutables ante juez administrativo, si provienen de contrato estatal

24 de Diciembre de 2012

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Nota:
25254

La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura le venía asignando al juez ordinario el conocimiento de asuntos relacionados con la exigibilidad de títulos valores, por ser documentos necesarios para ejercer el derecho incorporado en ellos.

 

Sin embargo, en auto del pasado 3 de octubre, cambió su posición y acogió la del Consejo de Estado, en el sentido de que los jueces administrativos son competentes, cuando el título respalde obligaciones provenientes del contrato estatal y este es de conocimiento de ellos mismos, las partes del título sean las del negocio jurídico y las excepciones sean oponibles en el proceso ejecutivo.

 

La Sala reiteró que la regla general en la ejecución contra la administración es la presencia de un título ejecutivo complejo que se estructura mediante varios documentos.

 

Por esa razón, le asignó a la justicia civil el conocimiento de una demanda ejecutiva basada en facturas de venta endosadas en procuración, interpuesta contra el municipio de Dagua (Valle del Cauca). En su opinión, la circulación de esos títulos hizo desaparecer la relación con el contrato estatal.

 

(Consejo Superior de la Judicatura, Sala Disciplinaria, Auto 11001010200020120163300, oct. 3/12, M. P. Henry Villarraga)

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