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Título de abogado no es necesario para ser contralor municipal

05 de Diciembre de 2011

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Nota:
27651

La acreditación del título de abogado o de profesional en disciplinas económicas no es necesaria para aspirar al cargo de contralor municipal. Así lo determinó la Corte Constitucional, al declarar inexequibles las expresiones “título de abogado” y “en disciplinas económicas” del inciso 2º del artículo 58 de la Ley 136 de 1994.

 

El presidente del alto tribunal, Juan Carlos Henao, explicó que esta disposición excedía el mandato constitucional fijado en el artículo 272 de la Constitución Política, que solo exige acreditar un título universitario para acceder al cargo, sin mencionar alguna disciplina en particular.

 

Según Henao, la decisión aplica para los procesos de selección de contralores municipales que están en curso en los tribunales superiores y administrativos del país.

 

(C. Const., noticia, dic. 1º/11)

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