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Titular de la explotación de juegos de suerte y azar puede regular y vigilar a los establecimientos localizados (11:33 a.m.)

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10 de Octubre de 2012

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Las empresas, sociedades o entidades públicas administradoras del monopolio de juegos de suerte y azar tienen amplias facultades de fiscalización para asegurar el efectivo cumplimiento de las obligaciones a cargo de los concesionarios o destinatarios de autorizaciones para operar estas actividades, señaló el Consejo de Estado. Adicionalmente, explicó que el concepto de juego de suerte y azar circunscribe la explotación de todas las máquinas de juegos localizados, sin distinción, en locales exclusivos, lo que impide a pequeños comerciantes instalarlas en negocios no destinados a ese tipo de actividad. Sin embargo, aclaró que la disposición no se refiere a cualquier máquina que deba ser accionada con monedas para proveer un bien o servicio, sino solo a los juegos de suerte y azar. El pronunciamiento lo hizo la Sección Primera del Consejo de Estado al inhibirse de emitir un pronunciamiento de fondo frente a la solicitud de nulidad del parágrafo 2º del artículo 1º del Decreto 1905 del 2008, que autoriza a la Empresa Territorial para la Salud (Etesa) para exigir el cumplimiento de requisitos para que operen dichos juegos (C. P. Marco Antonio Velilla).

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