Suspenden facultad del alcalde de Suba para contratar y ordenar gastos con cargo al presupuesto de los fondos de desarrollo local (10:39 a.m.)
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08 de Marzo de 2012
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Por medio del Decreto 90 del pasado 5 de marzo, la Alcaldía Mayor de Bogotá suspendió temporalmente la facultad otorgada por el Decreto 101 del 2010 al alcalde local de Suba para contratar y ordenar gastos y pagos con cargo al presupuesto de los fondos de desarrollo local. De acuerdo con dicha disposición, corresponde al Alcalde Mayor ejercer vigilancia y control respecto de la actividad contractual realizada por los alcaldes locales, con el fin de garantizar el uso correcto de los recursos y el cumplimiento de los principios de la función administrativa y la contratación pública.
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