Supresión de empleos se entiende como causa admisible de retiro del servicio de empleados del sector público
21 de Abril de 2021
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Nota:
120484
La Sección Segunda del Consejo de Estado explicó que la supresión de empleos se debe entender como una causa admisible de retiro del servicio de los empleados del sector público, que encuentra su sustento en la necesidad de adecuar las plantas de personal de las entidades públicas a los requerimientos del servicio. En efecto, aseguró que esta supresión de cargos de carrera en la administración suele presentarse por varias circunstancias: por fusión o liquidación de la entidad pública respectiva, por reestructuración, por modificación de la planta de personal, por reclasificación de los empleos o bien por políticas de modernización del Estado con el fin de hacer más eficaz la prestación del servicio público para el control del gasto. Entonces, cuando se retira a un empleado de la planta de cargos como consecuencia de una supresión se hace porque el empleo específico fue suprimido por un acto administrativo, lo que sucede cuando la cantidad de cargos desaparece o disminuye o en la nueva planta de personal no subsisten cargos con funciones iguales o equivalentes a los cuales pueda incorporarse el funcionario. Conozca el caso concreto y otras precisiones en el texto adjunto (C. P. Sandra Lisset Ibarra Vélez).
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