Supersalud debe fungir como parte demandada en procesos de liquidación forzosa: Sección Quinta (11:29 a.m.)
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03 de Agosto de 2018
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La Sección Quinta del Consejo de Estado aclaró recientemente que la labor de la Superintendencia Nacional de Salud no solo consiste en la designación del liquidador dentro del proceso liquidatorio objeto de su competencia, sino que, además, debe ejercer un control sobre sus actuaciones, lo cual implica que su participación es necesaria dentro de un proceso judicial para que se pronuncie sobre la legalidad de las decisiones que se censuran. Por no tener en cuenta esta precisión, vale la pena decir que la Sala declaró probada en el caso objeto de estudio la falta de legitimación en la causa por pasiva y, en consecuencia, revocó parcialmente la decisión de primera instancia (C. P. Rocío Araújo).
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