Si administración impide a contratista ejecutar el contrato, debe indemnizarlo (2:00 p.m.)
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16 de Enero de 2013
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Si la administración impide al contratista ejecutar el contrato, este tiene derecho al reconocimiento y pago de la utilidad esperada, reiteró la Sección Tercera del Consejo de Estado. Según el fallo, cuando el Estado incumple sus obligaciones priva injustamente al contratista del desarrollo de sus prestaciones debidas, lo que vulnera su derecho de crédito. Sin embargo, la entidad no debe pagar el valor total del contrato, pues no se ha ejecutado, aclaró la corporación (C. P. Mauricio Fajardo).
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