Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Sentencia Superindustria y ComercioConsumidor no puede estar bajo indefinición respecto del servicio contratado

120848

25 de Marzo de 2021

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Si bien el Decreto 818 del 2020 determinó que se podrá realizar la devolución o el rembolso de los derechos de asistencia a espectáculos cancelados, aplazados o reprogramados, durante la vigencia de la emergencia sanitaria y hasta por un año más, lo cierto es que el consumidor no puede estar bajo una suerte de indefinición respecto del servicio contratado, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio. En el caso bajo análisis, relacionado con la adquisición de entradas para asistir al evento Jamming Festival 2020, que se iba a celebrar los días 21 y 22 de marzo del 2020, aunque la demandada ha intentado reprogramar el evento el consumidor sigue sin conocer posibles fechas u opciones para disfrutarlo, no se le han informado novedades al respecto ni la suerte del dinero cancelado. Por ello, bajo el principio pro consumitore y considerando que entre la fecha de solicitud de rembolso y la emisión del fallo han transcurrido 10 meses, se ordenó el rembolso del dinero cancelado, dentro de los dos meses siguientes a la ejecutoria de esta decisión.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)