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Se permite la mezcla de usos del suelo en proyectos de vivienda interés prioritario de Bogotá (11:58 a.m.)

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26 de Marzo de 2013

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Por medio del Decreto 118 del pasado 21 de marzo, la Alcaldía de Bogotá estableció las condiciones para dar cumplimiento a la obligación de destinar porcentajes mínimos de suelo útil para la construcción de vivienda interés social (VIS) y vivienda de interés social prioritaria (VIP) en predios sometidos al tratamiento de desarrollo. De acuerdo con la norma, se permite la mezcla de usos del suelo en una misma edificación, siempre que se garantice la construcción de VIP en dicha área, en los porcentajes establecidos. Lo anterior con el fin de asegurar la ejecución efectiva de los proyectos urbanos dirigidos a las familias de más bajos recursos y el uso racional del suelo.

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