Se establece el reglamento interno de recaudo de cartera aplicable a las entidades públicas de Bogotá (10:21 a.m.)
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02 de Septiembre de 2011
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La Alcaldía Mayor de Bogotá, a través del Decreto 397 del pasado 26 de agosto, estableció el reglamento interno de recaudo de cartera aplicable a todas las entidades del sector central que dentro de sus actividades y funciones administrativas deban recaudar rentas públicas. De acuerdo con la disposición, tienen competencia para ejercer dichas actividades los alcaldes locales, los secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos y unidades administrativas especiales sin personería jurídica y jefes de las oficinas de cobro, entre otros. La norma derogó los decreto distritales 66 y 503 del 2007
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