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Administrativo


Sancionada ley que regula las asociaciones público-privadas

Solo se podrán realizar proyectos bajo este esquema de asociación, cuando la inversión supere los 6.000 salarios mínimos.
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11 de Enero de 2012

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El pasado 10 de enero, el presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley 1508, que establece el régimen jurídico de las asociaciones público-privadas.

 

La norma, que pretende incentivar la inversión de capital privado, dispone que solo se podrán realizar proyectos bajo este esquema de asociación, cuando la inversión supere los 6.000 salarios mínimos.

 

Sin embargo, la ley no se aplicará a las sociedades de economía mixta con participación del Estado inferior al 50 %, las empresas de servicios públicos domiciliarios y las empresas industriales y comerciales del Estado, cuando desarrollen actividades comerciales en competencia con los sectores privado o público.

 

Los particulares podrán presentar proyectos de infraestructura pública o para la prestación de sus servicios asociados, asumiendo el riesgo y la totalidad de los costos de la estructuración.

 

(L. 1508, ene. 10/12)

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