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Responsabilidad estatal por daños a recicladores puede basarse en riesgo excepcional

17 de Diciembre de 2012

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Foto: Thinkstock

 

Si bien la actividad ejercida por los recicladores en los rellenos sanitarios es riesgosa, también implica un favor significativo para la colectividad y la entidad territorial encargada del aseo.

 

Por lo tanto, es posible declarar la responsabilidad estatal por el daño causado a estas personas, con fundamento en la teoría del riesgo excepcional, aclaró la Sección Tercera del Consejo de Estado.

 

Según la sentencia, esta labor es peligrosa, porque puede causar enfermedades y lesiones a la integridad de quienes la ejecutan. De hecho, esto llevó al Gobierno a prohibir el reciclaje en los frentes de trabajo de los rellenos sanitarios, recordó la corporación.

 

De otro lado, destacó que la Corte Constitucional consideró necesario fijar acciones afirmativas a favor de esta población, que también se aplican a la responsabilidad de la administración, pues es injusto e inequitativo que esta se beneficie de esa actividad y no asuma los perjuicios que pueda originar.

 

En el caso analizado, el Consejo le ordenó al municipio de Popayán indemnizar a los familiares de dos recicladores afectados por la explosión de un artefacto en el relleno sanitario de la ciudad.

 

Los consejeros Enrique Gil, Stella Conto y Jaime Santofimio aclararon el voto, y el consejero Carlos Alberto Zambrano lo salvó.

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 190012331000199890001 (20773), nov. 1°/12, C. P. Hernán Andrade)

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