Reiteran responsabilidad estatal por muerte de detenidos o reclusos (8:30 a.m.)
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27 de Marzo de 2013
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La Sección Tercera del Consejo de Estado reiteró la posibilidad de que los daños sufridos por reclusos o detenidos puedan ser imputados al Estado con base en el régimen de falla probada del servicio, cuando se demuestre el incumplimiento de los deberes de protección con respecto a ellos. Así, la entidad pública debe adoptar las medidas de seguridad pertinentes, para impedir las amenazas contra la vida de esas personas, indicó. Con estos argumentos, declaró la responsabilidad de la administración, pues se probó la negligencia y descuido de la Sijín frente a la custodia de una persona que falleció mientras estaba a su cargo. Vale la pena destacar que la sección ordenó la reparación de perjuicios a la familia del occiso según el criterio del arbitrio juris en el marco de referentes objetivos que permiten su tasación de forma razonada y ponderada, específicamente, en torno al test de proporcionalidad (C. P. Jaime Santofimio).
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