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Reiteran jurisprudencia sobre concurrencia de culpas como factor de reducción del monto indemnizatorio en casos de responsabilidad estatal (9:16 a.m.)

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25 de Septiembre de 2017

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La Sección Tercera - Subsección A del Consejo de Estado reiteró jurisprudencia sobre la reducción del monto indemnizatorio que ha de reconocerse a la víctima del daño antijurídico cuando en la determinación de la responsabilidad de las entidades estatales se vislumbre concurrencia de culpas con el demandante. Así, recuerda la alta corporación que si bien es cierto que se logró probar la responsabilidad de la Fiscalía al omitir la inscripción del proceso penal por hurto del vehículo objeto del litigio ante la Secretaría de Tránsito y Transporte de Guadalajara de Buga, lo cual era su deber, no es menos cierto que la accionante también omitió verificar ante la SIJIN la situación judicial del automotor antes de celebrar el negocio jurídico, ya que este organismo inspecciona y emite los certificados sobre pendientes judiciales. Por lo anterior, se declaró la responsabilidad administrativa de la Fiscalía y se redujo el valor de la condena en un (50 %) de lo que le habría correspondido a la accionante por concepto de perjuicios reclamados.

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