Regulan rendición de cuentas e informes ante la Auditoría General (4:16 p.m.)
16 de Enero de 2018
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Nota:
59133
Con la Resolución 012, se prescribe la forma y términos en que los sujetos de control (Contraloría General de la República, las contralorías departamentales, distritales y municipales, y el Fondo de Bienestar Social de la Contraloría) deben rendirle las cuentas e informes a la Auditoría General de la República (AGR). Los responsables rendirán la cuenta a la AGR únicamente en forma electrónica a través del Sistema SIA Misional, módulos SIREL y SIA Observa. El acceso a los sistemas de información se realiza a través de la página web de la Auditoría. La cuenta anual será rendida a través del módulo SIREL del SIA Misional, y se exige a los responsables de rendirla la firma digital certificada de que trata la Ley 527 de 1999. Los documentos fuente que soportan la información reportada en las cuentas reposarán en los archivos de los sujetos vigilados y estarán a disposición de la Auditoría, entidad que podrá solicitarlos, consultarlos, examinarlos y/o evaluarlos en cualquier tiempo.
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