Reglamentan el reporte de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito (3:55 p.m.)
04 de Marzo de 2010
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Nota:
64267
El Gobierno les acaba de ordenar a los organismos de tránsito que reporten al Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) las multas y sanciones de tránsito impuestas en su jurisdicción, discriminadas según su estado (canceladas, en proceso administrativo o cobro coactivo, etc.). A partir de la implementación del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit), la Federación Colombiana de Municipios (Fedemunicipios) también deberá reportar esa información, fecha a partir de la cual se causará el pago del 10% por la administración del Simit. Si la información registrada en el RUNT no coincide, las partes podrán conciliar las diferencias, y el Ministerio de Transporte autorizará la asignación de especies venales, por tratarse de un servicio público, hasta cuando se dirima la controversia, mediante decisión extrajudicial, arbitral o judicial, agrega la Resolución 584 del 2010.
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