Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Recuerdan criterios de procedencia de la conciliación con entidades estatales (10:35 a.m.)

88583

14 de Mayo de 2013

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que la aprobación del acuerdo conciliatorio judicial o extrajudicial con entidades estatales depende de que se refiera a derechos económicos disponibles, la administración esté debidamente representada, los conciliadores tengan capacidad para actuar, no haya operado la caducidad de la acción, no se lesione el patrimonio público y los derechos estén respaldados por pruebas. En todo caso, la conciliación administrativa prejudicial solo es viable si no procede la vía gubernativa o esta ya se ha agotado, indicó el alto tribunal (C. P. Danilo Rojas).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)