Recuerdan carga probatoria de quien pretende la indemnización de perjuicios por error jurisdiccional (9:39 a.m.)
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15 de Enero de 2018
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La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que tratándose de la responsabilidad estatal edificada en la ocurrencia de un error judicial el análisis sobre la antijuridicidad del daño presenta una especial connotación, ya que en estos casos no es suficiente con establecer la existencia de una decisión judicial adversa a los intereses del demandante, sino que se hace necesario revisar la existencia del daño. En el caso analizado, si bien el demandante pretendía la reparación de los daños sufridos dentro de un proceso ejecutivo, en el fallo se afirma que no probó cuáles fueron los pagos que efectuó el apoderado judicial que tramitó la tutela en su favor, lo que, según la Sala, se traducirían en el daño antijurídico por la pérdida de dichos rubros, pues aun cuando aportó una factura, para el alto tribunal este documento no demuestra que el demandante hubiese erogado la suma allí consignada por el concepto referido (C. P. Marta Nubia Velásquez).
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