Recuerdan caducidad de acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos precontractuales (8:25 a.m.)
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28 de Junio de 2013
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La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que el término para ejercer la acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos administrativos precontractuales es de 30 días hábiles siguientes a su comunicación, notificación o publicación. La corporación indicó que la figura de la caducidad no admite suspensión, salvo que se presente una solicitud de conciliación extrajudicial en derecho en el plazo correspondiente (C. P. Mauricio Fajardo).
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