12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo

Administrativo


Reconocimiento de mesada a pensionados reincorporados no constituye doble asignación

10 de Enero de 2013

Reproducir
Nota:
25150

El reconocimiento de la mesada pensional desde el momento del retiro de un funcionario hasta su reincorporación al servicio no constituye doble asignación del tesoro público.

 

Así lo determinó la Sección Segunda del Consejo de Estado, al resolver una demanda interpuesta por el excongresista Édgar Perea, quien reclamaba el pago de las mesadas pensionales que dejó de percibir desde que se produjo su retiro del Legislativo, tras la declaratoria de pérdida de investidura que, posteriormente, fue revocada por la Corte Constitucional.

 

El Fondo de Previsión Social del Congreso de la República alegaba que no podía reconocer el pago de las mesadas desde esa fecha, puses el accionante se reincorporó al servicio tras posesionarse como embajador de Colombia en Sudáfrica, y no era viable reconocerle una doble asignación por parte del tesoro público.

 

Sin embargo, la Sección rechazó este argumento, porque, como se mencionó, la reincorporación de un pensionado al servicio público no implica el pago de dos asignaciones, dado que el pago de la mesada pensional se suspende durante el tiempo de la vinculación laboral.

 

Finalmente, la corporación destacó que el artículo 4º de la Ley 171 de 1961 y el Decreto 583 de 1995 reconocen la revisión de la pensión a partir de la fecha en que quede nuevamente fuera del servicio el funcionario, y a los jubilados del sector público, el pago de las mesadas, cuando se reintegren.

 

(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 25000232500020100058201 (0002-12), sep. 6/12,  M. P. Bertha Lucía Ramírez)

 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)