Administrativo
Reconocimiento de máxima indemnización por daño moral no puede ser inmotivado
30 de Abril de 2013
Solo una justificación probatoria puede llevar al juez administrativo a reconocer la máxima reparación por los daños morales causados al administrado.
Así lo advirtió la Corte Constitucional, al recordar que el pago de los 100 salarios mínimos mensuales que, por jurisprudencia, ha reconocido el Consejo de Estado no puede autorizarse en todos los casos.
Como se trata de la máxima condena a la Nación por una afectación moral, solo procede bajo un riguroso examen probatorio que demuestre que se produjo una afectación de máximas proporciones, recordó la corporación.
Según la Corte, el Tribunal Administrativo del Cauca tasó una condena equivalente al tope máximo establecido para reconocimiento del daño moral, sin que obrara en el expediente prueba que demostrara que el detrimento era de la mayor proporción.
A su juicio, esta actuación dejó en evidencia un desconocimiento del precedente judicial del Consejo de Estado.
(Corte Constitucional, Sentencia T-001, ene. 11/13, M. P. Mauricio González)
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