Realizar estudio técnico es condición previa de sorteos públicos para asignación de nuevas matrículas de transporte (9:48 a.m.)
20 de Diciembre de 2013
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Nota:
93743
Sobre la obligación de determinar las necesidades de equipo en el servicio público de transporte terrestre (artículo 37 del Decreto 172 del 2001), la Sección Primera del Consejo de Estado señaló que realizar un estudio técnico es condición previa para el sorteo público de asignación de nuevas matrículas. En su opinión, esto sirve para determinar el nivel de demanda que pueda tener el servicio de transporte dentro de la jurisdicción y mal podría iniciarse este concurso si se desconocen las condiciones mínimas de mercado, oferta y demanda. Según la sentencia, una cosa es que para el sorteo se requiera el estudio técnico y otra que el envío de dicho estudio al Ministerio de Transporte se deba hacer antes del sorteo. En este sentido, precisó que la norma no exige, temporalmente, el envío de la documentación contentiva del estudio técnico antes de la realización del sorteo público respectivo (C. P. María Elizabeth García González).
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