Quien demanda la reparación de un daño debe acreditarlo, para que se pueda decretar la indemnización (12:01 p.m.)
29 de Marzo de 2010
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Nota:
65407
En sentencia del pasado 18 de febrero, el Consejo de Estado recordó que quien pretende judicialmente la reparación de un daño debe demostrarlo, como requisito indispensable para que se decrete la indemnización, pues no es suficiente que en la demanda y en desarrollo del proceso se afirme su existencia o que simplemente se apruebe la ilegalidad de un acto. En el caso bajo análisis, se solicitaba la nulidad de unas resoluciones que aprobaban licencias de construcción. Según el actor, los actos permitían construir sobre el espacio aéreo de unos bienes de su propiedad sin él haberlo solicitado. (C.P. María Claudia Rojas Lasso).
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