Quebrantar interés superior de menores exonera de responsabilidad estatal por privación injusta de la libertad aun si prevaleció presunción de inocencia (10:32 a.m.)
10 de Mayo de 2017
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Nota:
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La Sección Tercera del Consejo de Estado advirtió que el estudio de la culpa y el dolo civil en asuntos de responsabilidad administrativa es independiente de las valoraciones y conclusiones a que se haya llegado en materia penal. Por eso, cuando una persona ha inobservado el interés superior de los menores y, aun así, las autoridades judiciales no logran derruir la presunción de inocencia por el comportamiento delictivo que originó la detención no puede afirmarse, per se, que debe ser indemnizado por la privación injusta de la libertad. Según el alto tribunal, las cargas argumentativas que suponen la inmediata ruptura del deber de indemnizar por la constatación del dolo civil de la víctima vienen dadas por el interés superior y prevalente de los niños y, en virtud de este, por la fuerza suasoria que merecen sus declaraciones (C. P. Ramiro Pazos).
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