¿Qué pasa con los saldos no ejecutados en los contratos y convenios suscritos por las entidades territoriales?
Openx [71](300x120)
116434
22 de Mayo de 2020
Escucha esta noticia audio generado con IA
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 111 de 1996, los saldos no ejecutados en los contratos y convenios suscritos por las entidades territoriales deben ser objeto de seguimiento y depuración. Una vez se verifiquen las condiciones del caso particular, así como la normativa y jurisprudencia aplicable, y se determine que algunos valores pertenecen o quedan a disposición de la entidad territorial, estos se incorporarán al presupuesto de ingresos, en el capítulo de ingresos de capital, como recursos de balance, y se les dará el tratamiento correspondiente en el gasto a la financiación de gastos de inversión. Así lo indicó el Ministerio de Hacienda, en reciente concepto.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!