Administrativo
Procuraduría impugna decisión que anuló destitución del general (r) Álvaro Velandia
28 de Mayo de 2013
La Procuraduría General de la Nación impugnó el fallo proferido por una sala de conjueces del Consejo de Estado que anuló la destitución impuesta al general (r) Álvaro Hernán Velandia Hurtado, por la desaparición forzada de la integrante del M-19 Nydia Erika Bautista.
La decisión de la sala obedeció a que la notificación de los recursos contra el fallo se produjo de manera extemporánea.
El caso se remonta al 25 de julio de 1990, fecha en la que apareció el cadáver de la excombatiente del M-19. Según las normas vigentes en ese momento, solo se podía resolver la investigación e imponer la sanción disciplinaria dentro de los cinco años siguientes, es decir, hasta el 25 de julio de 1995. Sin embargo, solo hasta el 18 de agosto de 1995 se cumplió la notificación final de la providencia.
El Ministerio Público aclaró que la sanción no podía ser declarada nula, pues la notificación efectuada de manera posterior a la fecha de expedición del acto sancionatorio es un hecho independiente a la firmeza y ejecutoria del acto que resolvió el recurso de reposición.
“No le es dable al juez de tutela, en este caso, definir cuál es la mejor interpretación, la más adecuada o razonable del derecho legislado, pues su función se limita a garantizar que no exista arbitrariedad (que no existe) y a proteger los derechos fundamentales, pero no a definir la hermenéutica y alcance de las normas de rango legal; labor ésta que sí corresponde a la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado”, agregó la entidad.
Finalmente, recordó que el ordenamiento jurídico prevé un término de cinco años para imponer la sanción definitiva, como quiera que la administración cuenta con dicho término para adelantar la actuación administrativa y proferir una decisión.
(Procuraduría General de la Nación, Comunicado, mayo 27/13)
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