Administrativo
Precisan efectos de sentencia de reparación directa sobre derecho de dominio
20 de Septiembre de 2012
Cuando una entidad pública es condenada a pagar una indemnización como consecuencia de la limitación total del derecho de dominio del propietario, el bien pasa al patrimonio de la entidad condenada, con el fin de prevenir un enriquecimiento sin causa del antiguo propietario del inmueble.
Así lo aclaró el Consejo de Estado, al acoger los parámetros establecidos por la Corte Constitucional en la Sentencia C-864 del 2004 para determinar los efectos de un fallo sobre el derecho de dominio del particular que ejercita la acción de reparación directa.
En el mismo pronunciamiento, el Consejo señaló que cuando el derecho de dominio es transferido a la entidad en virtud del pago de una indemnización y no del valor total del inmueble, puede configurarse el enriquecimiento sin justa causa a favor de la entidad demandada.
La decisión se tomó en el marco de una acción de reparación directa promovida por el propietario de un predio afectado por la desviación del curso del río Bogotá, ordenada por la Unidad Administrativa Especial Aerocivil con el fin de construir la segunda pista del Aeropuerto El Dorado.
Como consecuencia de este desvío, el predio perdió el 84,2% de su valor comercial, se limitó drásticamente el derecho de usufructo y se crearon condiciones negativas para su habitabilidad.
(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 25000232600019970527201 (22.494), ago. 8/12 C. P. Olga Mélida Valle de De la Hoz)
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