14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Precisan control de legalidad en enajenación de bienes del Estado por debajo del precio mínimo de venta (10:15 a.m.)

07 de Marzo de 2018

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Nota:
59881
En caso de enajenación de bienes del Estado por debajo del precio mínimo de venta, el proceso auditor dentro de su control de legalidad podrá verificar si se ha cumplido o no con las variables establecidas en el artículo 102 del Decreto 1510 del 2013, es decir, valor del avalúo, gastos, ingresos, tasa de descuento y tiempo de comercialización, entre otros, teniendo en cuenta para ello los documentos que soportan la decisión, indicó la Contraloría General de la República. En caso negativo, determinará si implica un hallazgo con incidencia fiscal o de otro tipo. Si en el cálculo del precio mínimo la entidad estatal omite incluir alguna de las variables en mención, tendrá que justificar técnicamente que el proceso se realizó en aras de un mayor beneficio económico para el erario.

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