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Pérdida de investidura de congresista impide aspirar a cargos de elección popular

27 de Septiembre de 2012

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Nota:
25889

La pérdida de investidura de un congresista genera la separación del cargo y la imposibilidad de aspirar en el futuro a cargos de elección popular.

 

Así lo recordó el Consejo de Estado, en un concepto cuya reserva fue levantada recientemente, en el que resolvió una consulta elevada por el Ministerio del Interior en el año 2008.

 

El concepto reitera que la severidad del régimen de pérdida de investidura se justifica por la confianza depositada en el congresista cuando es elegido.

 

Además, se trata de la máxima sanción político disciplinaria, pues implica no solo la separación del cargo (declarada por la autoridad judicial), sino la inhabilidad “a perpetuidad para ejercer cargos de elección en el futuro”.

 

(Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto 11001030600020080002900 (1894), jul. 3/12, C. P. William Zambrano Cetina)

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