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Organismos de seguridad deben respetar el principio de planeación en operativos

21 de Septiembre de 2012

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Nota:
25929

Los agentes públicos no pueden ser sometidos a un riesgo mayor al que asumen voluntariamente con su vinculación legal y reglamentaria.

 

Así lo advirtió el Consejo de Estado, al condenar a la Nación a indemnizar a dos miembros retirados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) que fueron emboscados por grupos paramilitares en Antioquia.

 

El alto tribunal explicó que los organismos de seguridad no pueden desconocer el principio de planeación en sus operativos, pues, en ese caso, el daño que se genere a sus agentes puede generar responsabilidad del Estado.

 

De acuerdo con el fallo de la Sección Tercera, “a pesar de pertenecer a un organismo de seguridad, los exdetectives del DAS no estaban en la obligación de soportar las lesiones padecidas por la falta de previsión al momento de planear la acción contra el grupo ilegal”.

 

En su defensa, la entidad demandada afirmó que el ataque no se comunicó, por la reserva de información que rige las actuaciones de inteligencia.

 

La Sección aclaró que la reserva de la información no fue lo que vinculó el daño con el comportamiento de la administración, sino que los agentes no recibieron instrucciones ni fueron advertidos de una posible confrontación.

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 0500123240001996032901 (21928), jul. 5/12, C. P. Enrique Gil Botero)

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