Omitir el pago de una recompensa ofrecida por el Presidente de la República da lugar a la indemnización de perjuicios (8:49 a.m)
09 de Junio de 2017
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Nota:
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La Sección Tercera del Consejo de Estado afirmó que omitir el pago de una recompensa ofrecida por el Presidente de la República para obtener información determinante sobre los responsables de algunos crímenes configura una falla del servicio. Para la corporación, este tipo de anuncios le impone al alto mandatario el deber de tener claro cuál autoridad es la encargada de realizar dicho pago y, en consecuencia, el presupuesto al que corresponde cargar el valor prometido, de tal forma que resulte posible cumplir con lo prometido, pues una actuación contraria no solo deja ver un comportamiento negligente, sino que, además, pone en riesgo a los informantes. En ese contexto, reconoció que hay lugar al reconocimiento de los perjuicios morales, considerando la angustia que deviene de haber colaborado con la justicia (C. P. Carlos Alberto Zambrano).
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