Administrativo
No toda persona puede invocar acción de cumplimiento de actos con móviles subjetivos
13 de Agosto de 2014
Si bien cualquier persona puede acudir a la acción de cumplimiento, al margen de su grado de interés en el acto administrativo o la decisión judicial en cuestión, cuando su aplicación tiene un móvil subjetivo, solo el afectado tiene legitimidad en la causa, indicó el Consejo de Estado.
Así las cosas, cuando esa acción se invoca con el fin de aplicar figuras como el desistimiento tácito en un proceso coactivo, solo procede para quienes son parte de él, destaca la providencia.
El alto tribunal aclaró que si bien el Código de Procedimiento Civil (CPC) perdió vigencia con la expedición del Código General del Proceso, el desistimiento tácito no desapareció del ordenamiento jurídico, ya que fue incluido en su integridad en el artículo 317 de ésta última codificación.
Al respecto, recordó que según el artículo 346 del CPC, para continuar el trámite de la demanda, de la denuncia del pleito, del llamamiento en garantía, del incidente o de cualquier otra actuación promovida a instancia de parte, es necesario cumplir con una carga procesal o un acto de parte, dentro de los 30 días siguientes, término en el cual el expediente deberá permanecer en Secretaría.
Vencido este plazo sin que el demandante o quien promovió el trámite haya cumplido la carga o realizado el acto ordenado, quedará sin efectos la demanda o la solicitud, y el juez dispondrá la terminación del proceso o de la actuación correspondiente.
Además, el operador está facultado para condenar en costas y perjuicios, siempre que, como consecuencia de la aplicación de esta disposición, haya lugar al levantamiento de medidas cautelares.
“Sólo las personas que hacen parte del referido proceso coactivo podrían solicitar que se declare que operó el fenómeno del desistimiento tácito, pues únicamente a ellas les incube tal decisión. Máxime si se tiene en cuenta que esta figura procesal tiene la virtualidad de disponer de los derechos subjetivos de los sujetos procesales del coactivo en cuestión”, agregó el alto tribunal.
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