No es viable liquidar prestaciones sociales de un provisional que supera periodo de prueba en cargo de carrera
28 de Marzo de 2022
El Departamento Administrativo de la Función Pública resolvió una consulta relacionada con la posibilidad de liquidar las prestaciones sociales de manera definitiva de un empleado nombrado en provisionalidad que superó el periodo de prueba con ocasión de un concurso de méritos.
Por regla general, cuando un empleado se posesiona en un nuevo cargo por haber superado el periodo de prueba, independiente a que sea el mismo que venía ocupando en provisionalidad, deberá presentar renuncia a ese cargo. Al realizarse un nuevo nombramiento y una nueva posesión, se da lugar a una nueva relación laboral, totalmente independiente a la anterior.
No obstante, precisó la entidad, en el caso de un empleado público que cambia su forma de vinculación, como en el caso analizado de provisionalidad a empleado en carrera, se considera que no hubo retiro efectivo del servicio.
Por lo tanto, y en aplicación al principio de favorabilidad, no es dable que se realice la liquidación de los elementos salariales y prestacionales, sino que se acumulen los tiempos, de tal manera que se reconozcan y paguen con el salario que reciba el empleado en el nuevo cargo.
Así las cosas, si el empleado continúa prestando sus servicios en la misma entidad sin que se produzca su retiro efectivo, no es viable realizar la liquidación de los elementos salariales y prestacionales del cargo que ocupaba, sino que los mismos se acumulan y se reconocerán al momento de su causación.
Opina, Comenta