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Mora en el giro del porcentaje ambiental a las CAR no debe indemnizarse (3:20 p.m.)

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03 de Mayo de 2012

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En sentencia reciente, la Sección Tercera del Consejo de Estado señaló que la mora de las alcaldías en transferirles a las corporaciones autónomas regionales (CAR) el valor del porcentaje ambiental no es un daño antijurídico que deba indemnizar el Estado. Según la corporación, el pago de los intereses moratorios es la única sanción que deben asumir los municipios, sin que se pueda pretende una reparación económica diferente. En este caso, la Sección le negó la indemnización a la CAR-Cundinamarca, ante el retraso que tuvo la alcaldía de Bogotá en transferirle el respectivo porcentaje ambiental. (C. P. Olga Mélida Valle de De La Hoz).

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