Inhabilidades e incompatibilidades se predican de los representantes legales de las CAR, no de la entidad (3:45 p.m.)
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27 de Abril de 2012
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La Sección Primera del Consejo de Estado, en fallo del pasado 22 de marzo, reiteró lo afirmado por la Sala de Consulta y Servicio Civil de la corporación con respecto a que las inhabilidades e incompatibilidades se predican de los representantes legales y miembros de los consejos y juntas directivas de las corporaciones autónomas regionales (CAR) y no de la entidad pública como tal. La responsabilidad de las conductas que configuran una inhabilidad corresponde al servidor público y no a la institución, concluyó el alto tribunal (C.P. María Claudia Rojas).
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