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Hacinamiento en cárceles constituye falla del servicio: Tribunal Administrativo de Antioquia

10 de Octubre de 2012

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Nota:
25775

El Tribunal Administrativo de Antioquia condenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) por los perjuicios causados a una persona que estuvo recluida en malas condiciones en la cárcel de Bellavista, de Medellín.

 

Según el fallo, la situación vulneró los derechos fundamentales del accionante, debido al hacinamiento al que fue sometido, lo que constituyó una falla atribuible de la administración.

 

De acuerdo con el tribunal, en este caso se evidenció el incumplimiento de la obligación de ubicar a “los reclusos en condiciones adecuadas y diversas a las que representa una situación de hacinamiento”, pues el mismo Inpec reconoció que la cárcel fue construida para albergar a 1.800 internos y, en la época en que el actor permaneció recluido, la población carcelaria era cercana a los 6.200.

 

“Como consecuencia del imperante hacinamiento, dicen los demandantes que el ex recluso tuvo que ver cómo se vulneraban hasta las más mínimas condiciones de alojamiento, salud, alimentación, higiene, etc., teniendo que someterse en ocasiones a dormir tirado en el piso por no tener el dinero necesario para pagar el arrendamiento de una cama, a estar privado de la atención médica adecuada y oportuna, a comprar alimentación en los  restaurantes internos del penal, pues la que brinda la institución carcelaria es deplorable y, como si esto fuera poco, tener que llegar al punto de hacer sus necesidades fisiológicas en condiciones antihigiénicas”, señala el fallo.

 

Además, el demandante permaneció en un patio con capacidad para 350 personas, pero en el cual se ubicaron cerca de 1.050 presos.

 

La sentencia resalta la obligación que tienen las autoridades de garantizar el derecho a la dignidad humana de los reclusos. En estos eventos, aclaró, no prospera la eximente de responsabilidad referida a la culpa de la víctima, pues ese derecho no se pierde por que el afectado esté privado de su libertad.

 

Recientemente, el defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora, advirtió que esta sentencia sienta un precedente, y permitiría que muchos más prisioneros tomen acciones similares.

 

“Le he solicitado al Gobierno que tome medidas urgentes, porque, de ser confirmado este fallo ante el Consejo de Estado, serían 130.000 personas reclusas las que podrían verse motivadas a instaurar demandas contra el Estado”, señaló el funcionario

 

(Tribunal Administrativo de Antioquia, Sentencia 05001233100020020482900, ago. 28/12, M. P. Carlos Enrique Pinzón Muñoz)

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