13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Hacen precisiones sobre el fin real de la reparación directa y del daño antijurídico cuando hay defectuoso funcionamiento de la justicia (3:31 p.m.)

23 de Febrero de 2018

Reproducir
Nota:
60078
Un fallo reciente de la Sección Tercera del Consejo de Estado precisa que la responsabilidad extracontractual no puede ser concebida simplemente como una herramienta destinada a la reparación, sino que debe contribuir con un efecto preventivo que permita la mejora o la optimización en la prestación, realización o ejecución de la actividad administrativa globalmente considerada. Por otro lado, y en relación con el daño antijurídico por defectuoso funcionamiento de la administración de justicia, la Sala aclaró que  pueden incluirse “todas las acciones u omisiones que se presenten con ocasión del ejercicio de la función de impartir justicia en que incurran no solo los funcionarios, sino también los particulares investidos de facultades jurisdiccionales, los empleados judiciales, los agentes y los auxiliares judiciales” (C. P. Jaime Orlando Santofimio).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)