Administrativo
Gobierno modifica reglamento de contratación de las APP
22 de Agosto de 2014
El Gobierno modificó el reglamentó de las condiciones de contratación de las asociaciones público privadas (APP). Según el Ejecutivo, una vez puestas en marcha estas asociaciones, creadas por la Ley 1508 del 2012 y reguladas por el Decreto 1467 del 2012, es necesario incorporar algunos ajustes a la normativa, para su efectivo cumplimiento.
Las modificaciones se refieren a los sistemas de precalificación, conformación de la lista de precalificados, condiciones para la presentación de iniciativas privadas, Registro Único de APP y a la etapa de factibilidad, entre otros asuntos.
Para que los asociados privados tengan derecho a retribuciones, es necesario contar con la aprobación del ministerio, del órgano cabeza del sector o de quien haga sus veces a nivel territorial.
Si la entidad estatal le entrega al inversionista privado una infraestructura existente en condiciones de operación, se podrá pactar el derecho a la retribución de los costos de operación y mantenimiento de la construcción.
La entidad podrá contratar con los integrantes de la lista de precalificados los estudios adicionales o complementarios que requiera el proyecto, a costo y riesgo de aquellos.
La conformación de dicha lista no obliga a abrir el proceso de contratación. Además, se podrá desistir de utilizarla, e iniciar un proceso de selección abierto, si, conformada la lista, se evidencia que no se cuenta con, por lo menos, cuatro precalificados interesados en presentar oferta.
La lista se integrará con los interesados que manifiesten su interés y cumplan los requisitos señalados en la Ley 1508. Si no es posible integrarla con al menos cuatro interesados y la entidad considera conveniente continuar con el proceso, podrá adelantarlo mediante licitación pública abierta o intentar completar la lista, por una sola vez más.
La nueva norma modifica el Decreto 301 del 2014 y deroga el Decreto 100 del 2013.
(Departamento Nacional de Planeación, Decreto 1553, ago. 15/14)
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