Administrativo
Gobierno explica principales cambios en contratación pública
20 de Abril de 2012
El nuevo reglamento del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Decreto 734 del 2012) rige desde el pasado 13 de abril, pero contempla un régimen de transición para los procesos contractuales que estaban en curso ese día.
Según el Departamento Nacional de Planeación (DNP), estos podrán continuar hasta su culminación con las normas vigentes al momento de la apertura o ajustarse a las nuevas directrices, mediante adendas.
Así lo precisó la entidad, en un comunicado que explica los principales cambios de la nueva normativa, que derogó 27 decretos reglamentarios expedidos desde 1994.
El Decreto 734 no solo compiló la reglamentación existente, sino que reguló disposiciones sobre el tema previstas en la Ley 1450 del 2011 (Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014), la Ley 1474 del 2011 (Estatuto Anticorrupción) (3) y el Decreto-Ley 19 del 2012 (Decreto Antitrámites), entre otros actos.
Así mismo, recogió interpretaciones de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado sobre contratación pública, agregó el DNP.
El Gobierno también destacó el sistema de numeración del articulado, que facilitará su actualización, “acorde a las realidades cambiantes del mercado, sin traumatismos para la ciudadanía y entidades públicas”.
Los principales cambios
- Se compagina la reglamentación de riesgos previsibles con el Documento Conpes 3714 del 2011.
- Se fortalece la publicidad del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop).
- Se establece una negociación obligatoria cuando quede un solo proponente habilitado en los procesos de subasta inversa.
- Se regulan los criterios de selección del concurso de méritos bajo los criterios del Consejo de Estado y se introducen unas aclaraciones respecto de la precalificación.
- Se articula la normativa sobre contratación directa con lo previsto en el Estatuto Anticorrupción y la Ley de Garantías Electorales.
- Se reviven las convocatorias limitadas para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) y se regulan beneficios para la oferta de bienes y servicios producidos por esas compañías.
- Se reforma el régimen de garantías contractuales, “con el objeto de aclarar algunos aspectos que en la práctica generaban dificultades”.
- Se adoptan medidas para la implementación de acuerdos comerciales con otros países y la incorporación de reglas sobre compras públicas previstas en los mismos.
- Se crea el plan de adquisiciones de bienes, servicios y obra pública, para fortalecer el principio de planeación contractual.
El Decreto 734 del 2012 también reglamentó la administración de los anticipos en los casos no regulados por el Estatuto Anticorrupción. En estos eventos, su manejo deberá hacerse a través de una cuenta bancaria separada, con el objeto de facilitar la labor del supervisor e interventor en el control de sus desembolsos, explicó el Gobierno.
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